jueves, 2 de agosto de 2018

Incoterms 

INCOTERMS (INTERNATIONAL COMMERCIAL TERMS, “términos internacionales de comercio”, son términos de tres letras cada uno que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las dos partes —comprador y vendedor—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías y/o productos.

Se usan para aclarar los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.

 La Convención sobre contratos para la venta internacional de mercancías de las Naciones Unidas (en inglés, CISG, U.N. Convention on Contracts for the International Sale of Goods) en su Parte III «Venta de las mercancías» (artículos 25-88) describe el momento en que el riesgo sobre la mercancía se transfiere del vendedor, fabricante o no, al comprador sea este el usuario final o no, pero reconoce que, en la práctica, la mayoría de las transacciones internacionales se rigen de acuerdo con las obligaciones reflejadas en los incoterms.




La Cámara de Comercio Internacional o ICC: International Chamber of Commerce, se ha encargado desde 1936 —con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010— de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional. Actualmente están en vigor los Incoterms 2010, desde el 1 de enero de 2011, sin que ello signifique que los anteriores hayan dejado de poder usarse. De ahí, la necesidad de señalar el Incoterm y el año de la versión.

 

 

 

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